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Documento BOE-B-2014-33674

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Segura relativo a notificaciones de resoluciones formulados en diversos procedimientos sancionadores incoados por infracción al texto refundido en la Ley de Aguas.

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 27 de septiembre de 2014, páginas 45636 a 45636 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2014-33674

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el art. 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de resolución formulada en los expedientes sancionadores siguientes, que no han podido ser notificados en el domicilio del interesado, por ser dirección incorrecta, o bien, porque intentada la notificación no se ha podido realizar por ausente.

Expediente: D-684/2013 incoado contra MPF 2013 SLU, domiciliado en Molina de Segura (Murcia), por haber realizado un uso privativo de aguas por estar extrayendo agua de una de las bocas de riego de la acequia Churra la Vieja para el posterior riego de los caminos de una obra cercana para evitar la proliferación de polvo al paso de vehículos de gran tonelaje, sin la correspondiente autorización. La sanción impuesta es de 2.500 euros con carácter solidario a MPF 2003, S.L.U. y a Andrés Vivancos e Hijos, S.L. con CIF B-30722946, y se ordena el estricto cumplimiento del condicionado establecido en la autorización concedida por este Organismo en la resolución de 14 de octubre de 2013 dictada en el expediente ASV-54/2013.

Expediente: D-815/2013, incoado contra Atanasio Molina Martínez, domiciliado en Jumilla (Murcia) y con DNI 22414059-F, por haber construido una presa transversal al cauce de la Rambla del Pino y el relleno parcial del lecho de dicho cauce, así como haber realizado movimientos de tierras en zona de policía en su margen izquierda, sin la correspondiente autorización de este Organismo. La sanción impuesta es de 5.000 euros. Se ordena la reposición del terreno a su estado anterior con la advertencia que en caso de incumplimiento se procederá por parte de este Organismo a la ejecución forzosa de dicha medida, procediendo a su exigibilidad con imposición de multas coercitivas y/o mediante ejecución subsidiaria a su costa.

Contra tales resoluciones puede interponerse recurso potestativo de reposición en plazo de un mes, o contencioso-administrativo en plazo de dos meses, pudiendo recogerse copia de la resolución en dicho Organismo, C/ Mahonesas, 2, Murcia.

Murcia, 24 de septiembre de 2014.- El Jefe de Área de Régimen de Usuarios, Francisco Cortés Vicente.

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