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Documento BOE-B-2014-33673

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Segura relativo a notificación de trámite de audiencia y propuesta de resolución formulados en diversos procedimientos sancionadores incoados por infracción al texto refundido en la Ley de Aguas.

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 27 de septiembre de 2014, páginas 45635 a 45635 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2014-33673

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el art. 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de los trámites de audiencia y propuestas de resolución formulada en los expedientes sancionadores siguientes que no han podido ser notificados en el domicilio del interesado, por ser estos desconocidos, porque intentada la notificación no se ha podido realizar por ausente.

Expediente: D-823/2013, incoado contra Angeles Elick Jorge, domiciliado en Javalí Nuevo (Murcia) y, con NIF 28676710-B, por haber realizado la ocupación de la zona de policía de la Rambla Salada mediante la instalación de dos caravanas a modo de vivienda y por haber realizado la construcción de un vallado a modo de recinto, en el término municipal de Javalí Nuevo (Murcia), sin la correspondiente autorización. La sanción propuesta es de 1.500 euros y, ordena la reposición del terreno a su estado anterior en el plazo de 15 días, con la advertencia de que en caso de incumplimiento de las órdenes decretadas, en el plazo establecido, se procederá a su ejecución forzosa, mediante la imposición de multas coercitivas y/o la ejecución subsidiara.

Expediente: D-94/2014, incoado contra Antonio Salar Martínez, domiciliado en Abanilla (Murcia), y con NIF 22433808-E por haber derivado agua hacia una parcela situada en la margen izquierda del río Chicano, sin la correspondiente autorización. La sanción propuesta es de 2.500 euros y, se prohíbe la derivación de aguas del río Chicano, mientras no se obtenga la correspondiente concesión o autorización de este Organismo, advirtiéndole que en el caso de producirse nuevos usos privativos de agua o derivación de agua del río, sin autorización/concesión, dará lugar a la incoación de nuevas actuaciones sancionadoras.

Contra la propuesta de resolución que se le comunica conforme el artículo 332 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, en un plazo de quince días podrán alegar cuanto estime conveniente en defensa de sus derechos ó intereses, pudiendo recogerse copia de la propuesta en dicho Organismo, C/ Mahonesas, 2, Murcia.

Murcia, 24 de septiembre de 2014.- El Jefe de Área de Régimen de Usuarios, Francisco Cortés Vicente.

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