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Documento BOE-B-2014-29592

ALMERÍA

Publicado en:
«BOE» núm. 196, de 13 de agosto de 2014, páginas 39816 a 39817 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-29592

TEXTO

Edicto

En el presente procedimiento Concurso Ordinario 206/2007 seguido a instancia de Envases Forte, S.A, C.I.F.:A-04013371 se ha dictado sentencia Concluyendo el concurso de acreedores cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Sentencia

En Almería, a veintiuno de abril de dos mil catorce.

Vistos por mí, Marcelina María Beltrán Blázquez, Juez sustituta del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Almería (antiguo Juzgado de Primera Instancia nº 7 de los de Almería, con competencias en materia mercantil), los anteriores autos de incidente concursal, registrados con el número más arriba indicado, en los que fueron parte Unicaja Banco, S.A, como actora, representada por la Procuradora Dª Antonia Nuria Abad Castillo y asistida por el Letrado D. Joaquín María Almoguera Valencia, la Administración Concursal en el procedimiento concursal 206/2007, representada por don Javier López Gonzálvez, y siendo concursada Envases Forte, S.A., incomparecida en autos, en incidente de oposición a la conclusión del concurso solicitada por la Administración concursal

Fallo

Que desestimo íntegramente la demanda presentada por la Procuradora Dª Antonia Nuria Abad Castillo en nombre y representación de Unicaja, S.A. frente a la Administración Concursal en el procedimiento concursal 206/2007, representada por don Javier López Gonzálvez, y la concursada Envases Forte, S.A., con imposición de costas a la misma.

Cesan todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran subsistir, salvo las que pudieran contenerse en la sentencia de calificación, en su caso.

El deudor Envases Forte, S.A., quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Queda disuelta y extinguida la mercantil Envases Forte, S.A.

Anúnciese por edictos que se fijarán en el tablón de anuncios de este órgano judicial y se insertará en el Boletín Oficial del Estado, declarándose en este acto el carácter gratuito de la publicación. Asimismo, se inscribirá en el Registro Mercantil, en el Registro Público Concursal y se incluirá una reseña en la página web www.ws150.juntadeandalucia.es/WebMercantil/InicioConcurso.do

Notifíquese a los acreedores, mediante notificación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el art. 23.1.1º LC

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y autos definitivos, dejando testimonio literal de la misma en las actuaciones.

Firme que sea esta resolución, y ejecutado lo acordado, procédase al archivo definitivo de las actuaciones, previas las inscripciones correspondientes en los libros registro de este Juzgado.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, dentro del plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de la presente, mediante escrito en el que deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.

Para interponer el recurso de apelación habrá de constituirse un depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos de este Juzgado, el mismo día de su presentación o a lo sumo a los dos días siguientes. De no efectuarse el depósito en los plazos indicados, el recurso no se admitirá a trámite. El depósito se devolverá a la recurrente sólo en el caso de que el recurso sea admitido total o parcialmente, según ordene la resolución final del recurso de apelación (Disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre)

Así, por este mi auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo Marcelina María Beltrán Blázquez, Juez sustituta del Juzgado de lo Mercantil nº1 de Almería.

Se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma todos los acreedores o personas interesadas

Almería, 23 de julio de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.

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