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Documento BOE-B-2014-29386

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 195, de 12 de agosto de 2014, páginas 39540 a 39540 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-29386

TEXTO

Edicto

Secretario en sustitución D. Francisco Velasco García-Plata, del Juzgado Mercantil nº 6 de Barcelona

Hace saber:

Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 435/2014 se ha declarado, mediante auto de fecha 14 de julio de 2014, el concurso voluntario de Romeu & Vea S.L. con N.I.F. B60861408 y domicilio en calle Llancà, 56, bajos de Barcelona, en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado Additio Group, S.L.P. (Cristina Alonso Suárez) por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Rambla Catalunya, 57, 3ª planta, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal concursal@additiogroup.com en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicaran, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el servicio común de los juzgados mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicaran en el registro público concursal.

Barcelona, 16 de julio de 2014.- El Secretario en sustitucion.

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