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Documento BOE-B-2014-2885

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 29 de enero de 2014, páginas 3671 a 3671 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-2885

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3, de Barcelona.

Hago saber: que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 844/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Gasmallum S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de Asunto. Concurso 844/12, Sección C2.

Nig del procedimiento. 080194712012 8006259

Entidad concursada. Gasmallum, S.L, con CIF n.º. B61084844

Tipo de concurso. necesario.

Fecha del auto de declaración. 13 de enero de 2014.

Administrador/es concursal/es.- LLuis González Ferreri, con domicilio en Av. Constitució, 181, local, 08860 Castelldefels (Barcelona), teléfono núm. 936366184, fax núm. 936365454 y correo electrónico: juanluis@ferreriabogados.com

Facultades del concursado. suspendidas.

Forma de personación. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al 85 LC. los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administracion concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedore, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán las bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos. los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse

Barcelona, 16 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

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