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Documento BOE-B-2014-26901

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 26 de julio de 2014, páginas 36101 a 36101 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-26901

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, 12.ª planta.

Número de asunto.- Concurso voluntario 408/2014 6.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Entidad instante del Concurso y NIF.- Herta Tabiqueria, S.L. B65076630.

Fecha del auto de declaración.- 5 de junio de 2014.

Administradores concursales.- KPMG Abogados, S. que designa a María Jesús Coco Fernández, abogado, con domicilio profesional en Plaça d'Europa, 41-31, Torre Realia, 08908 L'Hospitalet de Llobregat, y correo electrónico sarriaga@kpmg.es.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Régimen de intervención las facultades de la concursada.

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 10 de julio de 2014.- El Secretario judicial.

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