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Documento BOE-B-2014-24614

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 9 de julio de 2014, páginas 33026 a 33026 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-24614

TEXTO

Edicto.

Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil núm. 1 de Las Palmas,

Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento concursal abreviado voluntario 55/2012, instado por el procurador Don Armando Curbelo Ortega, en nombre y representación de "Verona Artiles, S.L.", con CIF B35059633, se ha dictado auto el día 12 de junio de 2014, en cuya parte dispositiva consta que:

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

Se acuerda la apertura de la fase liquidación.

De la presente resolución dése la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.

Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley.

Se declara, asimismo, el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Se hace saber a los administradores que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo, deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal.

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados, así como de notificación a acreedores y al deudor, en el caso de que éste no hubiera comparecido, de conformidad con lo establecido en el art. 23.4 de la Ley concursal, en su redacción dada por el Real Decreto Ley 3/2009, 27 de marzo, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 19 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.

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