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Documento BOE-B-2014-23164

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 28 de junio de 2014, páginas 31014 a 31014 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-23164

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 242/11 en el que figura como concursado Chemical Pack Logistic, Sociedad Limitada, se ha dictado auto de fecha 09/06/2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

1. Se declara concluso el procedimiento concursal número 242/2011, referente al deudor Chemical Pack Logistic, Sociedad Limitada por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.

2. Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes salvo las que se contengan en la sentencia firma de calificación.

3. Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Mercantil de Bizkaia a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.

4. Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los registros en los que se inscribió dicha declaración.

5. Anúnciese la resolución el Boletín Oficial del Estado.

La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos de la masa activa.

6. Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a in de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

7. Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la Ley Concursal.

8. Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.

Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la Ley Concursal).

Lo acuerda y firma S.S.ª doy Fe.

Firma del/de la Juez. Firma del/de la Secretario.

En Bilbao (Bizkaia) a, 9 de junio de 2014.- La Secretario Judicial.

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