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Documento BOE-B-2014-18061

SEGOVIA

Publicado en:
«BOE» núm. 124, de 22 de mayo de 2014, páginas 23979 a 23979 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-18061

TEXTO

Don Luis García Aguado, Secretario del Juzgado de Primera Instancia del número 2 de esta ciudad de Segovia y su Partido,

Hace saber: Que en este órgano judicial se tramita sección V, convenio 0000254/2013, seguido a instancias de "Muebles Cuéllar S.A.", sobre en los que, por resolución de fecha 12 de mayo de 2014 se ha acordado:

Primero.-Abrir la fase de liquidación del presente concurso, suspendiéndose la Junta de acreedores señalada para el día 5 de julio próximo.

Segundo.-Quedar en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la Ley Concursal.

Tercero.-Queda disuelta la concursada "Muebles Cuéllar, S.A." y cesan los Administradores de la misma, que serán sustituidos por la administración consursal.

Cuarto.-Declaran vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

Quinto.-Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación que se publicarán en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios del Juzgado.

Sexto.-Inscribir, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Sr. Registrador Mercantil de Segovia en el tomo diecisiete, libro once, folio setenta y nueve, hoja ciento cincuenta y uno y al Registro de la Propiedad de Cuéllar (Segovia) en la finca inscrita al tomo mil setecientos siete, libro ciento noventa y nueve, folio ciento cuarenta y cinco, finca veintiséis mil cuatrocientos veinticinco.

Séptimo.-Conceder un plazo de quince días, computados desde la notificación de esta resolución, para que la administración concursal presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Octavo.-Formar la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso.

Segovia, 12 de mayo de 2014.- El Secretario Judicial.

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