Dña. Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente
Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado - 000215/2012-D, sobre declaración de concurso de la D. Vicente Manuel Novoa Fuentes y Dña. María José Alemañ Brotons, se ha dictado auto que contiene entre otros, los siguientes pronunciamientos:
1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.
2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición de los deudores subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3.- Expedir oficio al Registro Civil correspondiente a los efectos oportunos.
4.- Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal.
5.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.
Modo de impugnación: no cabe recurso alguno.
Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente
Alicante, 30 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.
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