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Documento BOE-B-2014-16087

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 8 de mayo de 2014, páginas 21263 a 21263 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-16087

TEXTO

Edicto

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Por el presente hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado -000837/2012-D sobre declaración de concurso de la mercantil Jacob Torreblanca Coloma, con domicilio en calle Tenerife, número 1-A, Petrel (Alicante), y código de identificación fiscal 44.768.636-X, se ha dictado Auto de fecha 01/04/2014, que contiene, entre otros, los siguiente pronunciamientos:

"Aprobar el plan de liquidación formulado por la administración concursal al que habrán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa del concurso de acuerdo con lo prevenido supletoriamente por el artículo 149 Ley Concursal.

Cualquier oferta se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y se notificará a las partes, otorgando un plazo de diez días por si alguien mejorase la oferta, en cuyo caso se celebrará una licitación entre las ofertas presentadas.

Si no hubiese ninguna oferta se celebrará subasta pública que se celebrarán judicialmente y sin la intervención de empresas especializadas.

La administración concursal, cada tres meses desde la apertura de la fase de liquidación, deberá presentar informe sobre el estado de las operaciones (artículo 152 Ley Concursal).

Le alcanzarán a la administración concursal las responsabilidades expresadas en los artículos 151, 152 y 153 Ley Concursal.

Procédase a la formación de la sección sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el artículo 167 Ley Concursal.

Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la sección sexta, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable (artículo 168 Ley Concursal). Comuníquese a la Administración Concursal la fecha de expiración del plazo de personación de interesados para, vencido el mismo, proceda a evacuar el informe prevenido en el artículo 169 Ley Concursal."

Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente.

Alicante, 1 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.

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