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Documento BOE-B-2014-13602

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 15 de abril de 2014, páginas 18001 a 18001 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-13602

TEXTO

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I, Declaración Concurso 0093/2014, se ha dictado en fecha 31 de marzo de 2014, Auto de declaración en concurso voluntario de los deudores Antonio Macías Corbacho, DNI 09.151.163-S, y María Rosa Espinosa Caballo, DNI 08.814.842-T, y ambos con domicilio en Badajoz, C/ Castillo de Magacela, n.º 14 (Urbanización Guadiana).

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a SOCIEDAD EUROPEA DE CONSULTORES JURÍDICOS Y DE EMPRESA, S.L., con domicilio profesional en C/ San Isidro, n.º 2, 3.º C, 06004 de Badajoz, y dirección de correo electrónica, rafael@consultoresjuridicos-empresas.com señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deberán dirigirse directamente a la Administración Concursal. En caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito dirigido para tal fin.

3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Badajoz, 2 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.

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