Don Luis García Aguado, Secretario del Juzgado de Primera Instancia del número dos de esta Ciudad de Segovia y su Partido,
Hace saber: Que en los autos de concurso voluntario de acreedores 379/09 seguidos a instancia de María Paz Fernández Álvarez y Amadeo Vázquez García, se ha dictado con fecha 6 de marzo de 2013 resolución cuya parte dispositiva dice así:
"Parte dispositiva: Se acuerda la conclusión del presente concurso de acreedores voluntario 379/09 seguido a instancia de don Amadeo Vázquez García y doña María Paz Fernández Alvarez con Documento Nacional de Identidad 9977415-S y 1002103-W por insuficiencia de masa activa con los siguientes efectos:
Primero.- Cese de las limitaciones de las factultades de administración y disposición sobre los deudores subsistentes y, en su consecuencia, el cese de la Administración Concursal doña Almudena Aguado Adanero.
Segundo.- El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán inciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión desu crédito en la lista defibitiva de acreedores se equipara a una sentencia firme.
Tercero.- Hágase entrega a los deudores don Amadeo Vázquez García y doña María Paz Fernández Alvarez con Documento Nacional de Identidad 9977415-S y 1002103-W a través de su representación procesal de la suma consignada en este Juzgado por importe de 1.532,95 euros.
Cuarto.- Líbrese mandamiento por duplicado al Señor Registrador de la Propiedad número 3 de Segovia a fin de que procedan a la anotación de la presente en fincas registrales 2392 y 2374.
Quinto.- Publíquese la presente por medio de edictos en el Boletín Oficial delEstado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado. Así lo manda y firma Su Señoría, doy fe".
Segovia, 6 de marzo de 2013.- El Secretario.
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