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Documento BOE-B-2013-19171

ALMERÍA

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 21 de mayo de 2013, páginas 25634 a 25635 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2013-19171

TEXTO

Cédula de notificación.

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1168/11 seguido en el Juzgado de Primera Instancia numero 2 de Almería (antiguo mixto número dos), a instancia de "S&B Industrial Minerals Spain, Sociedad Limitada Unipersonal", contra "Tecnología del Cemento, Sociedad Limitada", sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia número 173/2012.

En Almería a cinco de noviembre de dos mil doce.

Vistos por doña María José Buitrago Pastor, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 2 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de Juicio Ordinario número 1168/11, seguidos a instancia de "S&B Industrial Minerals Spain, Sociedad Limitada Unipersonal", representada por la Procuradora de los tribunales doña Cristina Ramírez Prieto,y asistida por el Letrado don Francisco Antonio Bonilla, sobre reclamación de cantidad, contra "Tecnología del Cemento, Sociedad Limitada", en situación de rebeldía y atendiendo a los siguientes.

Fallo.

Que debo estimar y estimo integramente la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales "S&B Industrial Minerals Spain, Sociedad Limitada Unipersonal", representada por la Procuradora de los tribunales doña Cristina Ramírez Prieto, contra "Tecnología del Cemento, Sociedad Limitada", en situación de rebeldía y condenar a la demandada al pago de la suma de nueve mil doscientos veinticuatro euros con treinta y dos céntimos, más el interés legal, conforme a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, y costas derivadas del presente procedimiento.

Notifiquese a las partes la presente sentencia, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe recurso de apelación, que deberá ser interpuesto en este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde su notificación, para su conocimiento por la Ilustrísima Audiencia Provincial de Almería.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de cincuenta euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este juzgado número 0224 0000 04 1168 11, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto de recurso, de conformidad con lo establecido en al Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado quinto de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, juzgando definitivamente en Primera Instancia, y de la que se expendirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo, María José Buitrago Pastor, Magistrada-Juez del Juzgado número 2 de Almería y su partido judicial.

Publicación.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Señora Juez que la suscribe, en el día de la fecha y hallándose celebrando Audiencia Pública.

Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada "Tecnología del Cemento, Sociedad Limitada", extiendo y firmo la presente.

Almería, 15 de enero de 2013.- El Secretario.

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