Don José Manuel Sánchez Almela, Notario del Ilustre Colegio de Valencia, con residencia en Vila-real.
Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Calle Joan Fuster, número 34, bajo, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Urbana: Casa en esta ciudad, calle de Santa Lucia, número 9, de planta baja y dos pisos altos, con una sola vivienda en total tiene una superficie de cincuenta metros cuadrados. Linda: Por la derecha, herederos de Manuel Amorós; izquierda y fondo, herederos de Manuel Usó.
Referencia catastral: 7648118YK4274N0001KW
Inscripción: Registro de la Propiedad de Vila-real Uno, al tomo 1.592, libro 1.156, folio 17, finca 15.183, 9ª.
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi notaría, sita en Vila-real, calle Joan Fuster, número 34, bajo, C.P. 12.540.
La 1.ª subasta será el día 12 de febrero de 2013, a las 11:00 horas, siendo el tipo base el de ciento treinta mil cuatrocientos setenta y ocho euros con treinta y un céntimos de euro (130.478,31 €) de no haber postor o si resultare fallida:
La 2.ª subasta será el día 11 de marzo de 2013, a las 11:00 horas, cuyo tipo será el 75% de la primera; en los mismos casos;
La 3.ª subasta será el día 10 de abril de 2013 a las 11:00 horas sin sujeción a tipo. Y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor será el día 7 de mayo de 2013 a las 11:00 horas.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaria en horas de oficina, de lunes a viernes de 9:30 a 14:00 horas, en horario de mañana. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30% del tipo que corresponda a la 1.ª y 2.ª subasta y en la 3.ª un 20% del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Para el caso que resultare infructuosa la notificación prevista en el articulo 236.d).1 del Reglamento Hipotecario a la personal a cuyo favor esté practicada la ultima inscripción de dominio sobre la finca objeto de la subasta si fuese distinta del deudor y a los titulares de cargas, gravámenes y asientos posteriores a la hipoteca que se ejecuta, y en su caso, a cualquier otra persona que se crea con interés legitimo a intervenir en el procedimiento, en virtud de los dispuesto en el párrafo segundo articulo 236.d).2 del Reglamento Hipotecario, sirva el presente para notificarles.
Vila-real, 17 de enero de 2013.- El Notario, José Manuel Sánchez Almela.
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