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Documento BOE-B-2013-16408

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 2013, páginas 21828 a 21828 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-16408

TEXTO

Edicto

Dª. Cristina Cifo González, Secretario Judicial, Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Alicante, anuncia:

1.- Que en el Concurso Abreviado nº 444/12, en el que figura como concursado Altos de Castalla 2005, S.L., se ha dictado, el día 13 de marzo de 2013, sentencia aprobando judicialmente cuya parte dispositiva es de este tenor literal:

Fallo

Se aprueba el convenio presentado por Altos de Castalla 2005, S.L., aceptado en Junta de fecha 15 de febrero de 2013, con cese de todos los efectos de la declaración de concurso, y en concreto el cese de los administradores concursales en sus funciones de intervención debiendo rendir cuenta de su gestión en el plazo de quince días continuando desempeñando su cargo a efectos de tramitar la sección de calificación, asi como, sigue teniendo facultad para intervernir en la tramitación de incidentes y otras actuaciones judiciales pendientes (art. 410 y 411 LEC).

Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC.

Dentro de los Diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legitimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (art. 168 LC).

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento, expidiéndose asimismo los pertinentes edictos para general publicidad en los términos de los arts. 23 y 24 LC.

Líbrese mandamiento al Registrador Mercantil, Portal de Internet, oficio al Boe y a la Verdad que serán entregados al Procurador de la concursada para su curso y gestión.

Modo de impugnación: Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Alicante, que deberá prepararse en el plazo de cinco días y que se tramitará con carácter preferente, y previo depósito de la suma de 50 euros, que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto "pago recurso de apelación", sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos197.4 LC y Disposicion adicional Decimoquinta de la LOPJ añadida por la LO 1/2009, de 3 de noviembre).

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Alicante, 19 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

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