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Documento BOE-B-2012-40905

Anuncio de la Notaría de don Manuel García del Olmo Santos, Notarío de Sevilla y del Ilustre Colegio de Andalucía sobre procedimiento de venta extrajudicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 27 de noviembre de 2012, páginas 55473 a 55474 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-40905

TEXTO

Yo, Manuel García del Olmo Santos, Notarío de Sevilla y del Ilustre Colegio de Andalucía,

hago constar:

l. - Que a instancias del acreedor hipotecario, la entidad Banco Español de Crédito S.A., se sigue en la Notaría de mi cargo procedimiento de venta extrajudicial sobre la siguiente finca:

Cuatro.-Número dieciséis. Vivienda en planta tercera, de la casa número cinco, en calle Andrómeda, del Polígono "Madre de Dios" de Sevilla, hoy calle Andrómeda número 11.

Ocupa la parte anterior derecha de esta planta, y mide 47,77 metros cuadrados de superficie útil, y 53,33 metros cuadrados de superficie construida. Se compone de vestíbulo, estar-comedor, cocina, despensa, aseo, terraza-lavadero y tres dormitorios.

Linda: frente y derecha, los mismos del edificio, es decir, calle Andrómeda y espacio libre; izquierda, con zona común; y fondo, el piso número quince de esta planta.

Su cuota es del 5%.

Inscrita la hipoteca en el Registro número Nueve de Sevilla (hoy dieciséis), al Tomo 3.299, Libro 826, Folio 200, Finca 5026, inscripción 9a.

II. - La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario, pueden consultarse en esta Notaría, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación, y que las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán existentes.

III.- En virtud del artículo 12 del Real Decreto 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, y dada que constituye su vivienda habitual:

La ejecución extrajudicial de bienes hipotecados, regulada en el artículo 129 de la Ley Hipotecaria y sujeta al procedimiento previsto en los artículos 234 a 236 o del Reglamento Hipotecario, se someterá a lo previsto en los apartados siguientes en aquellos casos en que el procedimiento se siga contra la vivienda habitual del deudor:

1. La realización del valor del bien se llevará a cabo a través de una única subasta para la que servirá de tipo el pactado en la escritura de constitución de hipoteca. No obstante, si se presentaran posturas por un importe igual o superior al 70 por cien del valor por el que el bien hubiera salido a subasta, se entenderá adjudicada la finca a quien presente la mejor postura.

2. Cuando la mejor postura presentada fuera inferior al 70 por cien del tipo señalado para la subasta, podrá el deudor presentar, en el plazo de diez días, tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al 70 por cien del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

3. Transcurrido el expresado plazo sin que el deudor del bien realice lo previsto en el párrafo anterior, el acreedor podrá pedir, dentro del término de cinco días, la adjudicación de la finca o fincas por importe igual o superior al 60 por cien del valor de tasación.

4. Si el acreedor no hiciese uso de la mencionada facultad, se entenderá adjudicada la finca a quien haya presentado la mejor postura, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50 por cien del valor de tasación o, siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad reclamada por todos los conceptos.

5. Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor, en el plazo de veinte días, pedir la adjudicación por importe igual o superior al 60 por cien del valor de tasación.

6. Si el acreedor no hiciere uso de la facultad a que se refiere el párrafo anterior, se estará a lo previsto en el artículo 236 n. del Reglamento Hipotecario.

IV.- La única subasta se celebrará en mi notaría, sita en Sevilla, Avenida República Argentina n.º 25, 4.ª planta, el día 28 de diciembre de 2012, a las 10 horas, el tipo que ha de servir de base a la misma será ciento treinta mil quinientos euros(130.500,00 euros).

V. - Para tornar parte en la subasta habrá de consignarse con carácter previo en esta Notaría, mediante efectivo metálico o cheque bancario o conformado, el importe a que se refiere el artículo 236 h) del Reglamento Hipotecario, esto es, el 30% del tipo consignado para la subasta.

Sevilla, 22 de noviembre de 2012.- El Notario.

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