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Documento BOE-B-2012-40252

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 24 de noviembre de 2012, páginas 54656 a 54656 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-40252

TEXTO

Don José Vela Perez, Secretario judicial del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hace saber:

Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 716/2012 se ha declarado, mediante auto de fecha 18/10/2012, el concurso voluntario de Acder Europa, S.L., con n.º de CIF B-63493241, domicilio en Sant Boi de Llobregat, calle Prat de la Riba, n.º 6 (Polígono Industrial Can Fonollar), en el que se ha decretado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos aladministrador concursal don Carlos Viñuales Lapena, auditor de cuentas, designado por el adminsitrador concursal nombrado Esfera Concursal S.L.P., por medio deescrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del adminsitrador concursal, sito en Barcelona, Vía Augusta, n.º 81, 1.º 2.ª, n.º de teléfono 93.415.24.42, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal esferaconcursal@gestaudit.com en el plazo de un mes, a contar desdela publicación en el "BOE" del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento,características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, debiendo efectuar, en su caso, la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 18 de octubre de 2012.- El Secretario judicial.

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