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Documento BOE-B-2012-40251

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 24 de noviembre de 2012, páginas 54655 a 54655 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-40251

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.

Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 681/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto. Concurso voluntario 681/2012 Sección C2.

Nig del Procedimiento. 0801947120128001100.

Entidad Concursada. Buscall, S.L., con CIF n.º B08702938.

Tipo de concurso. Voluntario.

Fecha del auto de declaración. 29/10/2012.

Administradores concursales. Doña Emma Alemany Baqués (economista), como Administradora concursal única, con correo electrónico concurso.bus call@paeasesores.com.

Facultades del concursado. Intervenidas.

Forma de personación. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC. Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos. Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaria Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona, 7 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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