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Documento BOE-B-2012-36076

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 25 de octubre de 2012, páginas 49145 a 49145 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-36076

TEXTO

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de los de Barcelona y Provincia.

Hago Saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 701/2012 en el que se ha dictado con fecha 21 de septiembre de 2012 auto declarando en estado de concurso a la entidad CRC Sagrat Cor, S.L. con CIF B63376230 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

Nig del procedimiento: 08019-47-1-2012-8004825.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la Administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: CRC Sagrat Cor, S.L. con domicilio en calle Viladomat; 282-288 de Barcelona.

Administrador concursal: "De Gispert Gestión Concursal, SLP" con domicilio en calle Muntaner, 292 pral, 2.ª de Barcelona con correo electrónico "rgcconcursal@rgconcursal.com".

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de la publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 21 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial Fdo.: José Maria Valls Soriano.

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