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Documento BOE-B-2012-35322

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 20 de octubre de 2012, páginas 48122 a 48122 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-35322

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.

Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dictó el presente edicto:

Juzgado.-Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, edificio "C", 12ª planta.

Número de asunto.-Concurso voluntario 642/2012, 8.ª

Tipo de concurso.-Voluntario/abreviado.

Entidad instante del concurso y NIF.-Ramón Pratdesaba Ricart, con DNI 37283982-Q.

Fecha del auto de declaración.-28 de septiembre de 2012.

Administradores Concursales.-D. Alhos Concursal, S.L.P., con NIF B-65755605, quien ha designado como persona física a fon José Puigvert Ibars, con DNI 39029628-P, domiciliado en Barcelona, en la calle Tuset, 32, 9.ª planta, con correo electrónico ramonpratdesaba.642-12@alhosgroup.com.

Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores.-Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.-Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 28 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.

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