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Documento BOE-B-2012-33590

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 6 de octubre de 2012, páginas 45845 a 45845 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-33590

TEXTO

Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.-Mercantil num. 5 de Barcelona, Gran Via de les Corts Catalanes, n.º 111 edificio C planta 12 de Barcelona.

Número de Asunto.-Concurso Voluntario 553/2012-8.ª

Tipo de Concurso.-Voluntario

Entidad instante del Concurso y NIF.-Catalana de Peixos, S.A. con CIF A-58378910.

Fecha del Auto de Declaración.-3 de septiembre de 2012.

Administradores Concursales.-Gesvericat, S.L.P., quien ha designado como persona física a don César Vericat Molina, con NIF 38112225-Y, domiciliada en Barcelona, calle Corcega, n.º 78-80, bajos 2.ª (08029), con correo electrónico: cvericat@economistes.com

Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores.-Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio asignado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.-Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 18 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.

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