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Documento BOE-B-2012-26231

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 26 de julio de 2012, páginas 35358 a 35358 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-26231

TEXTO

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 28/2012, seguido a instancias del Procurador don Antonio Enríquez Sánchez, en nombre y representación de la mercantil Sociedad Cooperativa de Consumidores Cocelan, se ha dictado Auto el día 13 de junio de 2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de la mercantil Sociedad Cooperativa de Consumidores Cocelan, con CIF n.º F35025634, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designa como Administrador del concurso a: Don Fernando Sánchez Prats, como abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de Calle Travieso, 5, 2.º, y código postal 35002 de Las Palmas, teléfono 928.37.03.32 y fax 928.36.80.68[c13], así como Dirección electrónica: fersanprats@gmail.com.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda su intervención por parte del administrador.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 16 de julio de 2012.- Secretaria Judicial.

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