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Documento BOE-B-2012-25716

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 23 de julio de 2012, páginas 34666 a 34666 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-25716

TEXTO

Edicto.

Doña M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantíl número 5 de los de Madrid,

Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantíl número 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario número 373/08, de "Femaral, S.L.", en el que recayó Sentencia de fecha 19 de junio de 2012 dentro del Incidente Concursal 624/11, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:

- "Que debo rechazar la oposición planteada por el procurador don Manuel Lanchares Perlado, en nombre y representación de "Espacia Avante SACV", y en consecuencia debo aprobar y apruebo, con los efectos previstos en la Ley, por haber obtenido las mayorías necesarias, la propuesta de convenio presentada en el concurso de "Femaral, S.L.", por la concursada con el siguiente tenor:

"Los acreedores con crédito inferior a 5.000 euros se satisfarán en metálico con una quita del 65 por 100 el 31 de diciembre de 2011.

Para el resto de créditos, con una quita del 65 por 100 se establece una espera de 9 años con la siguiente forma de pago:

A los 5 años, el 30 de junio de 2016 se pagará el 5,5 por 100 de los créditos.

A los 7 años, el 30 de junio de 2018 se pagará el 11 por 100 de los créditos.

A los 9 años, el 30 de junio de 2020 se pagará el 18,5 por 100 de los créditos."

- "Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la concursada y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte."

- "Se acuerda el cese de la Administración Concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, debiendo presentar rendición de cuentas en el plazo de dos meses desde la firmeza de esta resolución, sin perjuicio de conservar plena legitimación para continuar los incidentes en curso."

Y para su inserción en el B.O.E., expido el presente.

En Madrid, 25 de junio de 2012.- El/la Secretario Judicial.

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