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Documento BOE-B-2012-1620

ALBACETE

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 19 de enero de 2012, páginas 2169 a 2169 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2012-1620

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Albacete, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que en el procedimiento número 293/2009, por auto de fecha 4 de julio de 2011, se ha acordado la conclusión y el archivo del concurso de la mercantil Manufacturas Sanflober, S.L., con CIF B02034148, con domicilio en calle Padre Romano, 61, Albacete, y cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor literal "Juzgado de Primera Instancia nº 3 y Mercantil.- Albacete - Procedimiento: Concurso Voluntario Abreviado nº 293/2009.- Auto.- En Albacete, a cuatro de julio de 2011.

Parte Dispositiva.- Que debo acordar y acuerdo:

1.- Declarar y declaro la conclusión del concurso de la mercantil Manufacturas Sanflober SL. por inexistencia de bienes y derechos acordándose su extinción y cierre de hoja de inscripción registral obrante al Registro Mercantil de Albacete a cuyo efecto se expedirá oportuno mandamiento con testimonio de la presente:

2.-Aprobar como apruebo la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal y sin que ello prejuzgue la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los administradores.

Publíquese el presente en el Boletín Oficial del Estado y mediante edictos en el tablón de anuncios de este Juzgado. Para la publicación del presente en el BOE al Procurador Sr. Gómez Monteagudo, en representación de Manufacturas Sanflober, S.L., para que cuide de su curso y gestión, procediéndose de oficio a la colocación de edictos en este Juzgado.

Para el cierre de la hoja registral en el Registro Mercantil de Albacete y cancelación de nota marginal a la que dio origen la declaración del presente concurso, líbrense oportunos mandamientos acompañado de testimonio del presente, haciéndose entrega al Procurador Sr. Gómez Monteagudo en representación de Manufacturas Sanflober SL. para que cuide de su curso y gestión.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así por este auo lo acuerda, manda y firma Dña. Caridad Algarra Vergara, Magistrada-Jueza Sustituta del Juzgado de Primera Instancia nº 3 y de lo Mercantil de Albacete. Doy fe."

Albacete, 4 de octubre de 2011.- El Secretario Judicial.

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