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Documento BOE-B-2012-16044

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 14 de mayo de 2012, páginas 21690 a 21690 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-16044

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado: Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.° 111, Edificio C, 12.ª planta.

Número de asunto: Concurso voluntario 144/2012, 4.ª

Tipo de concurso: Voluntario.

Entidad Instante del Concurso y NIF- Stand By Cinc, S.L., B63072136.

Fecha del auto de declaración: 16 de marzo de 2012.

Administradores concursales: D. Yvonne Pavía, domiciliada en Barcelona en Avda. Diagonal, 429, 5.ª planta, como abogada, con correo electrónico. yvonne.pavia@crowehorwath.es.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona, 19 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.

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