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Documento BOE-B-2012-10245

Anuncio de la Notaría de Don Francisco Manuel Mariño Pardo sobre subasta extrajudicial, en sustitución de otro anterior, en virtud de R.D. Ley 6/2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 2012, páginas 13778 a 13779 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-10245

TEXTO

Don Francisco Manuel Mariño Pardo, Notario del Ilustre Colegio de Galicia con residencia en Foz, hago saber:

I.- Que se iniciaron, ante mí, los trámites para la venta extrajudicial por medio de subasta, a instancia de la entidad mercantil Banco Español de Crédito, S.A., contra Don Juan Carlos Barata López y Doña Azucena Uz Granda, sobre la siguiente finca hipotecada sita en este municipio de Foz, provincia de Lugo:

Urbana: Local número seis.- Planta segunda, letra B.- Vivienda sita en la segunda planta del edificio señalado actualmente con el número 34 de la Avenida da Mariña del municipio y villa de Foz, a la derecha entrando del hueco de escaleras, con una superficie útil aproximada de cien metros cuadrados. Consta de vestíbulo, pasillo, cocina, despensa, tendedero, baño, aseo, estar-comedor, cuatro dormitorios y balcón y linda: frente, hueco de escaleras, resto de finca y después camino; derecha, entrando, resto de finca no edificada que forma anexo del local número dos; izquierda, local número cinco y hueco de escaleras; y fondo, propiedad de Don Jesús Cageao Padriñán y de hermanos Núñez Cageao, y resto de finca construida sola hasta la primera planta, que forma terraza anexo del local número cuatro.

Cuota: Su módulo de participación en los elementos comunes, en relación con el valor total del edificio, base para la distribución de beneficios y cargas, es de ocho centésimas y media por ciento.

Inscripción: En el Registro de la Propiedad de Mondoñedo, al tomo 443, libro 91, folio 28, finca número 11.535, inscripción 2.ª, inscrita asimismo la hipoteca constituida a favor del demandante, en la inscripción 7.ª

II.- Que el anuncio de la subasta en derivada de dicho procedimiento fue objeto de publicación en el BOE (el día uno de marzo de dos mil doce, BOE número 52), en el BOP (el día tres de marzo de dos mil doce, BOP número 52), además de en el Ayuntamiento de Foz y en el Registro de la Propiedad de Mondoñedo. En los cuales se indicaron como fechas para la 1.ª subasta, el tres de abril de dos mil doce, la 2.ª subasta, el tres de mayo de dos mil doce, la 3.ª subasta, el cinco de junio de dos mil doce; y si hubiere mejoras de la mejor postura de la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el veinte de junio de dos mil doce.

III.- Que ante la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, de aplicación al seguirse el procedimiento contra la vivienda habitual del deudor, procedo a suspender las subastas anunciadas, y en cumplimiento del artículo 12 del referido Real Decreto Ley mismo anunciar para la realización una única subasta.

Las bases de la nueva subasta sujeta al Real Decreto-ley 6/2012, son las siguientes:

1.- La subasta tendrá lugar en la Notaría sita en Foz, provincia de Lugo, en la calle García Lorca, número uno primero (27.780), el próximo día diez de mayo, a las dieciocho horas.

2.- Para tomar parte en la subasta los postores deberán consignar una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo, debiendo presentar el resguardo de haber efectuado el depósito en la cuenta corriente de la entidad Banco Santander con número 0049 1229 53 2390284876 cuyo titular es el mismo Don Francisco Manuel Mariño Pardo, o bien mediante cheque bancario a nombre del Notario de Foz, Don Francisco Manuel Mariño Pardo.

4.- La documentación y la certificación registral a que se refieren los artículos 236-A 236-B del Reglamento Hipotecario están de manifiesto en la Notaría de lunes a viernes de las 10 a las 14 horas, entendiéndose que todo licitador por el solo hecho de participar en la subasta, admite y acepta como bastante la titulación existente, y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, quedando subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor. Se podrá examinar igualmente certificado de saldo pendiente de la hipoteca anterior a la que se ejecuta, del que se dispone, emitido por la entidad de crédito titular de la misma.

5. - La subasta se efectuará en la forma en que determina el y se regirá por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y en lo que no fuera incompatible, por el artículo 236 del RH.

6.- Que el valor de tasación fijado a estos efectos en la escritura de constitución de la hipoteca es de ciento sesenta y cinco mil seiscientos veinticinco euros (165.625,00) euros.

Foz, 22 de marzo de 2012.- Notario.

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