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Documento BOE-B-2011-4959

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 14 de febrero de 2011, páginas 14686 a 14686 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-4959

TEXTO

Edicto

D/Dª. Gloria Morchón Izquierdo, Secretario/a Judicial de Jdo. de lo Mercantil número 1 de Valladolid, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I declaración concurso 0000003/2011 se ha dictado a instancias de Fincas Urbanas Capitel, S.L., con CIF B81646036, en fecha 26 de enero de 2011 Auto de declaración de concurso voluntario Abreviado de la Sociedad Fincas Urbanas Capitel, S.L., cuyo centro de intereses principales lo tiene en Villanubla y con domicilio social en la Calle Plaza Privilegio de la Villa, nº 1 de Villanubla (Valladolid).

2º.- Se ha acordado que la deudora conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del Administrador concursal, mediante autorización.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a la previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Valladolid, 27 de enero de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

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