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Documento BOE-B-2011-4958

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 14 de febrero de 2011, páginas 14685 a 14685 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-4958

TEXTO

Edicto

D/D.ª Gloria Morchon Izquierdo, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Valladolid, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I declaración concurso voluntario 0000005/2011 se ha dictado a instancias de Nadime, Sociedad Cooperativa Limitada, en fecha 26/01/2011 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Nadime, Sociedad Cooperativa Limitada, CIF n.º F47326780, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Pozal de Gallinas (Valladolid) Carretera Autonómica 112 (Medina del Campo-Olmedo)

2.º Se ha acordado que la deudora conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de estas a la intervención del Administrador concursal, mediante autorización.

3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a la previsto en el articulo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Valladolid, 26 de enero de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

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