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Documento BOE-B-2011-32876

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 14 de octubre de 2011, páginas 91441 a 91442 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-32876

TEXTO

Edicto.

Juzgado de Primera Instancia n.º 0001 de Palma de Mallorca.

Juicio sección de calificación 0000312/2005 0001.

Parte demandante "Futur Amer, S.L.".

Parte demandada don Juan Amer Bestard.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

Jdo. de lo Mercantil núm. 1.

Palma de Mallorca.

Sentencia: 00165/2011.

Juzgado de lo Mercantil n.º 1.

Palma de Mallorca.

Concurso 312/2005.

Sentencia.

En Palma de Mallorca a 14 de septiembre de 2011.

Vistos por mí, Víctor Fernández González, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de los de esta ciudad y su partido, los autos de la pieza de calificación dimanante del concurso n.º 312/2005, a instancia de la administración concursal de "Futur Amer, S.L.".

Fallo.

Con estimación de la solicitud de declaración de calificación culpable formulada por la administración concursal de "Futur Amer, S.L." y del Ministerio Fiscal:

1. Debo declarar y declaro culpable el concurso de "Futur Amer, S.L.".

2. Debo declarar y declaro a don Juan Amer Bestard y D. José Ruíz Sánchez como personas afectadas por la calificación.

3. Debo condenar y condeno los afectados a la inhabilitación por quince años, para administrar bienes ajenos, así como para representar o administrar a cualquier persona durante el mismo período.

4. Debo condenar y condeno a los afectados a perder cualquier derecho de contenido económico que ostenten o puedan ostentar en el concurso.

5. Debo condenar y condeno a don Juan Amer Bestard y don José Ruíz Sánchez a satisfacer el total del déficit concursal.

6. Todo ello con imposición de las costas a los demandados.

Expídanse mandamientos al Registro Mercantil y Civil para la práctica de los asientos conducentes a la constancia registral de la presente resolución, en especial, de la declaración de culpable del concurso y de la inhabilitación de don Juan Amer Bestard y don José Ruíz Sánchez.

Notifíquese a las partes y hágales saber que contra la misma, por mor del art.172.4 cabe recurso de apelación por parte de quien hubiese sido parte en la presente sección. De igual forma, se podrán reproducir todas aquellas cuestiones resueltas por los autos resolutorios de recursos de reposición y por las sentencias dictadas en incidentes concursales promovidos en la fase común o en la de convenio, siempre y cuando se hubiese formulado la oportuna protesta y se formule el recurso en el plazo de veinte días siguientes a la notificación de la presente.

Así lo acuerda, manda y firma don Victor Fernández González, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número uno de esta localidad.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por la presente se notifica a don Juan Amer Bestard, don José Ruiz Sánchez y la entidad "Futur Amer, S.L.".

Palma de Mallorca, 20 de septiembre de 2011.- El Secretario Judicial.

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