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Documento BOE-B-2011-28138

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 206, de 27 de agosto de 2011, páginas 84806 a 84806 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-28138

TEXTO

Edicto

Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial de Jdo. de lo Mercantil nº 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº sección I, declaración concurso 0000407/2010, se ha dictado a instancias de Área de Servicio los Calzones, S.L., en fecha 6 de julio de 2011 auto de declaración de concurso necesario del deudor Juan Domingo Esparza Ros, S.L., con CIF B-30732.127, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Cabo de la Guardia Civil Pedro Moreno Pérez, nº 41, escalera 1, 1º-A, CP 30007 Murcia.

2º Que se ha designado como Administrador Concursal a Dª María del Mar Carrillo Fernández, Abogado, con domicilio en calle Santa Catalina nº 8-entlo., CP 30004 Murcia, teléfono 968.242.258 y fax 968.231.196.

3º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante el Registro correspondiente a este Juzgado, sito en la Ciudad de la Justicia, Servicio Común General, Sección 1ª Registro y Reparto, Ronda Sur-Esquina Senda Estrecha, CP 30011 Murcia, en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal).

Murcia, 28 de julio de 2011.- La Secretaria Judicial.

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