Edicto
Dña. Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Alicante,
Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramita Concurso de Acreedores 1030/09-D del deudor Garumar 4, S.L., con CIF N.º B-54296850, se ha dictado Auto de fecha 20-05-11, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"...1.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.
2.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.
3.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
5.- Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso.
Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, expidiéndose asimismo los pertinentes edictos para general publicidad en los términos de los arts. 23 y 24 LC..."
Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente.
Alicante, 20 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.
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