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Documento BOE-B-2011-17189

Anuncio de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar por la que se notifica a la empresa Sercal, Sociedad Anónima, de la resolución del contrato "servicio de redacción del proyecto de reforma del paseo marítimo de la playa Central de Isla Cristina, término municipal Isla Cristina (Huelva)".

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 23 de mayo de 2011, páginas 57173 a 57173 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2011-17189

TEXTO

A los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante el presente anuncio, esta Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar notifica a la empresa Sercal, S.A., y domicilio en Madrid, calle Córdoba, 15, ha formulado la siguiente propuesta "Previos los trámites e informes preceptivos se acuerda la resolución del contrato para la ejecución del servicio "redacción del proyecto de reforma del paseo marítimo de la playa Central de Isla Cristina, término municipal Isla Cristina (Huelva)", así como la incautación de la garantía definitiva constituida para responder de las obligaciones derivadas del contrato, puesto que la causa de resolución del contrato es imputable al contratista.

La resolución puede ser consultada o recepcionada en despacho C-821, de este Ministerio (plaza San Juan de la Cruz, s/n, 28071-Madrid.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa caben los siguientes recursos:

1.-Con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación.

2.-Directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su notificación.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 116, de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de13 de Enero, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta quesea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Madrid, 13 de mayo de 2011.- P.D. (O.ARM/939/2011, de 13 de abril).El Subdirector General para la Sostenibilidad.. Miguel Velasco Cabeza.

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