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Documento BOE-B-2011-10762

TERRASSA

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 29 de marzo de 2011, páginas 33713 a 33713 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-10762

TEXTO

Edicto

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 1 TERRASSA (ANT.CI-1)

De conformidad con la resolución dictada en el dia de hoy en las actuaciones antes señaladas, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de NOTIFICACIÓN. La resolución dictada dice así:

"SENTENCIA Núm. 239/10

En Terrassa, a veintitrés de Diciembre de dos mil diez. Vistos por mí, D. Carlos Prat Duaigües, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número UNO de los de esta Ciudad y su Partido Judicial, los presentes autos sobre solicitud de amortización de letras de cambio, seguidos ante este Juzgado bajo el número de orden 1036 del año 2008,promovidos a instancia de D Antonio García Agüera representado por la Procuradora D.ª María Roser Davi Freixa y defendido por la letrado D.ª Mónica Fainé de Garriga y como parte demandada en su condición de titular del crédito D.ª María Pou Bigorra; y, en atención a los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO....FUNDAMENTOS JURÍDICOS....FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por D Antonio García Agüera representado por la Procuradora D.ª Roser Davi Freixa, a todos los efectos legales procedentes, DECLARO AMORTIZADAS las cuatro letras de cambio objeto del presente proceso (correspondientes a los vencimientos de 5 de Julio, 5 de Agosto, 5 de Septiembre y 5 de Diciembre de 2.005, con serie y números 0A 1028437,0A 1028438,0A 1028439 y 0A 1028442 respectivamente, todas ellas de clase novena y de importe cada una de ellas de 350,26 euros);sin efectuar expreso pronunciamiento en cuanto a las costas causadas.- Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de Apelación en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación en este Juzgado y para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Barcelona, en la forma dispuesta en los artículos 457 y ss de la L.E.C. La admisión del recurso precisará que, al interponerse el mismo, se acredite la constitución del depósito establecido en la D.A.15ª de la LOPJ. La cuantía de dicho depósito es la de 50 euros y deberá ingresarse en la cuenta de consignaciones de este Juzgado (0865) y en el presente expediente, indicándose en el campo "concepto" Recurso-Apelación, código 02. Dedúzcase testimonio de esta resolución para su unión a los autos y guárdese el original en el libro de Sentencias Definitivas de este Juzgado.Así por esta mi sentencia,definitivamente juzgando en esta instancia,lo pronuncio,mando y firmo.-PUBLICACIÓN...."

Y a fin de su publicación en el BOE y tablón de anuncios del Juzgado, expido el presente en

Terrassa, 24 de enero de 2011.- La Secretario en sustitución.

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