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Documento BOE-B-2010-6239

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 18 de febrero de 2010, páginas 15656 a 15657 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-6239

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo, anuncia:

1.º Que en el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 5000462/2008 se ha dictado el 28-01-10 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por El Xelan, S.L., y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 17-12-2009.

2.º La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión en la Ley Concursal.

La parte dispositiva de la Sentencia dice como sigue:

"Fallo:

Se aprueba, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta de convenio presentada por la concursada El Xelan, S.L., que fue aceptada por la Junta de Acreedores celebrada el día 16 de diciembre de 2009.

Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como de los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la entidad declarada en concurso y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

Se acuerda el cese de la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, continuando en su cargo a los efectos previstos en el capítulo II del título VI.

Se concede a la Administración concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

Se acuerda la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de la presente resolución, debiendo incorporarse a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del Auto de declaración de concurso.

Requiérase a la entidad concursada, a fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta resolución, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Notifíquese esta resolución al concursado, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma el Ilustrísimo Señor Don Miguel Álvarez-Linera Prado, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo.

3.º Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Asturias que debe prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de cinco días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en el BOE y en La Voz de Asturias.

Oviedo, 28 de enero de 2010.- El/la Secretario Judicial.

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