Está Vd. en

Documento BOE-B-2010-4944

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 10 de febrero de 2010, páginas 12365 a 12365 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-4944

TEXTO

Don José Antonio Marquínez Beitía, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el concurso voluntario abreviado número 926/2008, instado por la entidad mercantil "Texnoga, Sociedad Limitada", se ha acordado mediante auto de fecha 7 de enero de 2010 el archivo del presente concurso, y que según el auto mencionado, su publicación en el "Boletín Oficial del Estado" será de carácter gratuito, de conformidad con la legislación vigente y es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Don Hugo Novales Bilbao, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 6 con funciones de Mercantil de esta ciudad, ante mí el Secretario Judicial,

Dispongo: El archivo del presente procedimiento por inexistencia de bienes y derechos suficientes del concursado, no existiendo terceros responsables ni acciones de reintegración pendientes y habiéndose archivado la fase de calificación y aprobado la rendición de cuentas presentada.

Dispongo: El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistientes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se considera que el deudor queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda en la presente resolución la extinción de la entidad declarada en concurso y se dispone el cierre de su hoja de inscripción, debiendo enviar el mandamiento correspondiente al Registro Mercantil de Girona, encontrándose inscrita en el tomo 781, folio 44, hoja GI-14963.

Notifíquese la anterior resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, debiendo otorgarse a esta resolución la publicación en BOE que tendrá carácter gratuito y al Juzgado Decano de esta ciudad. Así lo manda y firma su señoría. Doy fe.

Y para que sirva de publicidad a los efectos oportunos y de acuerdo con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 25 de enero de 2010.- El Magistrado Juez.-El Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid