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Documento BOE-B-2010-40783

VÉLEZ-MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 29 de noviembre de 2010, páginas 134475 a 134475 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2010-40783

TEXTO

Cédula de notificación.

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Auto

En Vélez-Málaga, a 11 de febrero de 2009.

Vistos por mí, D. José Baltasar Montiel Olmo, Juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Vélez-Málaga, los presentes autos sobre Tercería de Dominio número 416/07, a instancia de D. Juan Manuel Garrido Sanchez, representado por la Procuradora Sra. Peláez Salido y asistido del Letrado Sr. Del Rey Marín, contra D. Juan Luis Parra Novo, representado por el Procurador Sr. Aranda Alarcón y asistido del letrado Sr. Cid González y la entidad Importación-Exportación, S.L., en situación de rebeldía procesal, resultan los siguientes.

Parte dispositiva

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Peláez Salido en nombre y representación de D. Juan Manuel Garrido Sánchez frente a D. Juan Luis Parra Novo representado por el procurador S. Aranda Alarcón y la entidad Importación-Exportación, S.L en situación de rebeldía procesal, acuerdo el alzamiento del embargo trabado respecto del vehículo marca BMW, modelo 320 D, matricula 4489-BVS, perteneciente al actor, sin que la presente resolución produzca efecto de cosa juzgada en relación con la titularidad del bien. Se acuerda asimismo la remoción del depósito y la cancelación de la anotación preventiva y cualquier otra medida de garantía del embargo del bien al que la tercería se refiriera. Todo ello con expresa imposición de costas al la entidad Importación-Exportación, S.L.

No procede imposición de costas procesales al demandado D. Juan Luis Parra Novo al no apreciarse mala fe o temeridad en su actuación procesal.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma proceden interponer recurso de apelación ante este Juzgado y para la Audiencia Provincial de Málaga dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que se practique su notificación.

Por este mi Auto, del que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

El Juez. La Secretaria.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Importación-Exportación, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Velez-Málaga, 25 de octubre de 2010.- El/La Secretario.

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