Mediante diferentes Resoluciones de la Dirección General de Muface se acordó dar de baja por impago de liquidaciones a los mutualistas del Fondo Especial de Muface que se relacionan, requiriéndoles las cotizaciones adeudadas hasta la fecha de efectos de la baja, informándoles que la falta de pago en el plazo de 15 días daría lugar al incremento del importe adeudado en el recargo reglamentario y a su reclamación por vía de apremio, en su caso.
Intentada la notificación, no ha podido practicarse al devolver el Servicio de Correos las comunicaciones dirigidas a los mutualistas en los domicilios que figuran en la base de datos del Fondo Especial de Muface.
Resuelvo:
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al no haberse podido practicar notificación, se inserte en el "Boletín Oficial del Estado" y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de su último domicilio la notificación de requerimiento de pago indicada.
Nombre y apellidos |
NIF |
Expediente |
José Antonio Cánovas García |
74353876M |
040074353876M |
Mercedes España Pinto |
25025508J |
330025025508J |
Enrique García Torres |
23497902K |
040023497902K |
Marcela Gómez Gil |
01330689R |
010001330689R |
Pureza Montoya Sánchez |
22405564E |
040022405564E |
Los expedientes se encuentran en el Departamento de Gestión Económica y Financiera, Servicio de Cotizaciones y Otros Ingresos, sito en el Paseo de Juan XXIII, n.º 26, 28040 Madrid. Teléfonos 91 273 96 55 o 91 273 96 15.
Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Ministra de la Presidencia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.
Madrid, 14 de septiembre de 2010.- El Director General.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid