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Documento BOE-B-2010-33524

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 2 de octubre de 2010, páginas 107240 a 107241 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2010-33524

TEXTO

Edicto

Cédula de notificación

En el Procedimiento Ordinario 302/2007 seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Málaga a instancia de María Galacho Ranea contra Francisco Galacho Vázquez, Antonio Olea Cañete, Antonio López Luque, herencia yacente de José Molina Pinazo y Agencia Andaluza del Agua Cuenca Mediterránea sobre ordinario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia nº 185

En Marbella, a 30 de septiembre de 2009.

Doña María Amparo Gómez Mate, Juez-Sustituta del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Málaga, habiendo visto y oído los autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado al número 302/07 a instancia de doña María Galacho Ranea, representada por el Procurador de los Tribunales, Sr. Rueda García y asistida por el Letrado Sr. Platero Rodríguez, en sustitución de su compañero, contra la herencia yacente de don José Molina Pinazo, contra don Antonio López Luque, contra don Antonio Olea Cañete, contra don Francisco Galacho Vázquez; y contra La Cuenca Mediterránea Andaluza "Agencia Andaluza del Agua" Consejería de Medio Ambiente, representada por la Letrada de la Junta de Andalucía Sra. Nieto Salas; se ha dictado la presente resolución en base a los siguientes

Vistos los preceptos legales citados, los alegados, jurisprudencia citada y aplicable y demás de pertinente aplicación al caso de autos

Fallo

Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Rueda García, en nombre y representación de doña María Galacho Ranea contra la herencia yacente de don José Molina Pinazo, contra don Antonio López Luque, contra don Antonio Olea Cañete, contra don Francisco Galacho Vázquez; y contra La Cuenca Mediterránea Andaluza "Agencia Andaluza del Agua" Consejería de Medio Ambiente.

Con imposición de condena en costas a la parte actora.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, debiendo prepararse mediante escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes a la notificación, indicando la resolución apelada y la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

Líbrese Testimonio de esta Sentencia para su unión a los autos de su razón e inclúyase la misma en el Libro de su clase.

Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en Primera Instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Antonio López Luque, extiendo y firmo la presente.

Málaga, 11 de junio de 2010.- El/La Secretario.

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