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Documento BOE-B-2010-33523

L'HOSPITALET DE LLOBREGAT

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 2 de octubre de 2010, páginas 107239 a 107239 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2010-33523

TEXTO

Cédula de notificación.

En autos de juicio guarda y custodia, sección C, seguidos en este Juzgado con el número 1452/2009 a instancia de Karen Lourdes Lobo Vásquez contra Camilo Ernesto Mier Garrido se ha dictado resolución de esta fecha que contiene el siguiente particular:

Sentencia número 180/10.

En L'Hospitalet de Llobregat, a 8 de junio de 2010.

Doña Marta Bo Jané, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia número 4 de L'Hospitalet de Llobregat, he visto las actuaciones del juicio verbal de alimentos y de guarda y custodia número 1452/09, seguidas a instancias de Karen Lourdes Lobo Vásquez, representada por la Procuradora de los tribunales Virginia Capllonch y asistida del letrado César Navarro Colomer, contra Camilo Ernesto Mier Garrido, en situación procesal de rebelia. Dicto esta resolución que se basa en los siguientes:

Fallo: Estimo la demanda de juicio verbal de Guarda y custodia interpuesta por la procuradora Virginia Capllonch en representación de Karen Lourdes Lobo Vasquez contra Camilo Ernesto Mier Garrido con adopción de las seguientes medidas:

1. Se atribuye la guardia y custodia de la hija menor de edad a la madre. Siendo la patria potestad compartida y con suspensión del régimen de visitas entre padre e hija pudiendo establecerse el que las partes convengan en caso de que se reanude el contacto entre la menor y el demandado.

2. Camilo Ernesto Mier Garrido deberá abonar la cantidad de 150,00 euros mensuales en concepto de alimentos para su hija menor dentro de los cinco primeros días de cada mes en el cuenta o libreta que, a este efecto, designe la Sra. Lobo. Dicha cantidad se actualitzará anualmente conforme al IPC que publique el INE u organismo que le sustituya.

Todo esto sin hacer ningún pronunciamiento en materia de costas.

Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma se puede interponer en este Juzgado recurso de apelación en el plazo de cinco dias.

Así lo mando y lo firmo.

Y para que sirva de notificación al/a los demandado/s en paradero desconocido, Camilo Ernesto Mier Garrido, expido la presente cédula.

L' Hospitalet de LLobregat, 22 de julio de 2010.- La secretaria Judicial.

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