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Documento BOE-B-2010-33078

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 28 de septiembre de 2010, páginas 104720 a 104720 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-33078

TEXTO

EDICTO

El Juzgado de lo Mercantil de Valladolid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), y la reforma prevista en el art. 6 RD3/09 sobre este artículo, en el que se establece que la publicación será con la mayor urgencia y de forma gratuita, en el BOE.

Anuncia

1.º-Que en el procedimiento número 154/2010-E se ha dictado Auto con fecha 6 de septiembre de 2010 declarando concurso abreviado al deudor Ovosec, S.A., con CIF A-47005533 con domicilio social en Valladolid, c/ Manuel López Antolín, n.º 6, cuyo centro de intereses principales lo tiene en el mismo domicilio.

2.º-Que la deudora conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización.

3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto que se ha ordenado publicar de forma gratuita en el Boletín Oficial del Estado en virtud de lo establecido en la Disposición Transitoria segunda y el art. 6.5 del Real Decreto-Ley 3/09, de 27 de marzo, y el art. 23 de la Ley Concursal, así como en el Norte de Castilla, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito,su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado ( art. 184.3 Ley Concursal).

Valladolid, 15 de septiembre de 2010.- Secretaria judicial.

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