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Que por la Sección Octava de esta Sala se ha dictado resolución el 10 de diciembre de 2009, del siguiente tenor literal "visto que la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita ha informado a esta Sala que el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid y el Ministerio Fiscal han emitido dictamen considerando insostenible la pretensión y que por esta razón dicha Comisión ha acordado desestimar la solicitud del derecho a la asistencia jurídica gratuita instada, requiérase al recurrente don Ángel Juan Moreno Mendoza para que, en el plazo de diez días, designe Abogado y Procurador de su libre elección".
Madrid, 19 de enero de 2010.- Secretaria Judicial.
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