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Documento BOE-B-2010-19163

Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental por la que se inicia periodo de consultas a las Administraciones Públicas afectadas y público interesado en el procedimiento de evaluación ambiental estratégico del Plan de energías renovables 2011-2020, y se acuerda por razones de interés público y eficacia administrativa proceder a su publicación.

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 29 de mayo de 2010, páginas 62635 a 62636 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2010-19163

TEXTO

Al objeto de elaborar el documento de referencia dentro del procedimiento de evaluación ambiental del Plan de energías renovables 2011-2020, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental debe consultar a las administraciones públicas afectadas, según lo dispuesto en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.

Considerando la amplitud de las administraciones públicas afectadas (Administraciones Públicas con competencias en biodiversidad, población, salud humana, fauna, flora, tierra, agua, aire, factores climáticos, bienes materiales, patrimonio cultural, patrimonio histórico, paraje, ordenación del territorio y urbanismo) a las que esta Dirección General está obligada a consultar según establece el procedimiento de consulta previsto en el artículo 19.1 de la citada Ley, atendiendo a razones de interés público, derivadas de la necesidad de incrementar la eficacia administrativa en el ahorro de recursos materiales, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se acuerda publicar esta Resolución.

En consecuencia se pone a disposición de las administraciones afectadas así como del público, la documentación inicial de Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar en la siguiente dirección de internet: http://www.mma.es/portal/secciones/participacion_publica/eval_amb/2010_p_006.htm, donde se resume el ámbito de actuación, el alcance de la planificación y sus alternativas, y los posibles efectos ambientales.

Se concede un plazo de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente resolución para que realicen las sugerencias con relación al documento de referencia que estimen oportunas en función de sus ámbitos competenciales Dicho documento debe establecer los criterios ambientales estratégicos, in. dicadores de los objetivos ambientales y principios de sostenibilidad aplicables a dicho Plan, y de esa forma, poder determinar el contenido, la amplitud y el nivel de detalle necesarios en la elaboración del informe de sostenibilidad ambiental. En la contestación que se dirija a esta Dirección General, hay que señalar que se trata de una "Contestación a consulta sobre contenido del documento de referencia para la evaluación ambiental del Plan de Energías renovables 2011-2020, expediente 2010P006", para facilitar su identificación y vinculación con el expediente.

Asímismo, para facilitar y sistematizar el tratamiento de sus sugerencias, se ruega que éstas sigan el esquema numerado que se facilita a continuación y que tiene relación directa con el contenido que se va a dar al documento de referencia y al informe de sostenibilidad ambiental del Plan:

1. Sugerencias al resumen de los objetivos y contenido del plan, y su relación con otros planes.

2. Principales elementos del medio ambiente que considera pueden ser afectados por el plan.

3. Principales objetivos de protección ambiental que considera deben ser utilizados en la evaluación ambiental de este plan, y propuesta de indicadores para verificar su cumplimiento, y de criterios ambientales estratégicos o principios de sostenibilidad aplicables.

4. Principales impactos del plan sobre los elementos del medio ambiente antes señalados (a la escala estratégica de plan, no a escala de los proyectos que posteriormente lo desarrollen)

5. Principales medidas preventivas, correctoras o compensatorias que considera aplicables, a escala estratégica del plan, para hacer frente a los impactos anteriormente destacados

6. Sugerencias para el análisis ambiental de alternativas

7. Sugerencias al informe sobre la viabilidad económica de las alternativas, así como de las medidas mitigadoras de los impactos.

8. Sugerencias a las medidas previstas para el seguimiento de los efectos del Plan.

De conformidad con lo establecido en el articulo 19.4 de la Ley 9/2006, una vez elaborado el documento de referencia se pondrá a disposición pública en la dirección de Internet http://www.mma.es/portal/secciones/evaluacion_ambiental, junto con la relación de administraciones públicas y público interesado consultado y las modalidades de información y consulta del informe de sostenibilidad ambiental.

Madrid, 11 de mayo de 2010.- La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental.

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