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Documento BOE-B-2010-13609

Resolución de la Generalitat de Catalunya, del Departamento de Economía y Finanzas, de los Servicios Territoriales de Girona, Sección de Energía, de 12 de noviembre, por la que se concede la autorización administrativa y se aprueba el Proyecto ejecutivo de una instalación eléctrica en el término municipal de Vilamalla (exp. 24.977/2009-AT).

Publicado en:
«BOE» núm. 93, de 17 de abril de 2010, páginas 42210 a 42213 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2010-13609

TEXTO

La empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L., con domicilio social en la Av. Paral·lel, 51, de Barcelona, ha solicitado la autorización administrativa y la aprobación del Proyecto de ejecución para la construcción de una nueva subestación 132/25 kV en el término municipal de Vilamalla.

La empresa presentó el Proyecto debidamente visado y se hizo la información pública preceptiva en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, número 5435, de 4 de agosto de 2009. El Ayuntamiento de Vilamalla concedió la licencia de obras en fecha 20 de octubre de 2008.

En la tramitación del expediente no se ha recibido ninguna alegación.

Visto que la empresa ha acreditado que su solicitud cumple lo que establece la normativa eléctrica y ha justificado debidamente en la memoria del Proyecto la necesidad de la instalación;

Considerando que, de acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, modificada por la Ley 17/2007, de 4 de julio, y la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de garantía y calidad del suministro eléctrico, son aplicables el Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas; el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento administrativo de autorización de las instalaciones de energía eléctrica, y el Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de autorización, ampliación y traslado de industrias, así como los reglamentos técnicos específicos;

Considerando que la competencia para conocer este expediente y resolverlo se atribuye al director de los Servicios Territoriales de Economía y Finanzas, de acuerdo con lo que establece el Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencias de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y la disposición 1 del Decreto 506/2006, de 10 de diciembre, de reestructuración del Departamento de Economía y Finanzas, en relación con el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica;

Por todo eso,

Resuelvo:

Primero.- Autorizar a la empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L., el Proyecto de instalación eléctrica que consiste en la construcción de la nueva subestación eléctrica 132/25 kV en el término municipal de Vilamalla.

Segundo.- Aprobar el Proyecto de ejecución, con las características siguientes:

Expediente: 24.977/2009-AT.

Término municipal: Vilamalla.

Características técnicas:

La nueva subestación dispondrá de los siguientes elementos:

Parque de 132 kV:

Tipos: exterior convencional-híbrida blindada en SF6.

Esquema: simple barra.

Elementos: 2 posiciones de línea.

3 posiciones de transformador 132/25 kV (una futura).

Parque 25 kV:

Tipos: cabinas interiores blindadas de SF6.

Esquema: doble barra.

Elementos: 3 posiciones de transformador (una futura).

18 posiciones de líneas (11 futuras).

2 posiciones de servicios auxiliares.

2 posiciones de acoplamiento longitudinal (futuras) y 2 transversales (1 futura).

3 posiciones de condensadores (una futura).

Transformación:

Elementos: 3 transformadores 132/25 kV de 40 MVA (un futuro).

3 reactancias de puesta en el suelo (una futura).

Sistemas de control y protección; sistemas de medida; sistemas de servicios auxiliares; sistemas de telecomunicaciones; sistemas de puesta en tierra y sistemas de seguridad.

Término municipal: Vilamalla.

Presupuesto: 1.370.350,00 euros.

Finalidad de las instalaciones:

Aumentar la potencia necesaria para cubrir la demanda y mejorar la calidad del suministro.

Atender el mercado de zonas de alto crecimiento de la demanda.

Generar capacidad a las subestaciones del entorno que permitan atender nuevos crecimientos del mercado.

La autorización queda sometida a las condiciones especiales siguientes:

Primero.- Las instalaciones se realizarán de acuerdo con las especificaciones y los planos que figuran en el Proyecto presentado por la empresa solicitante en fecha 15 de octubre de 2008, firmado por el ingeniero industrial Enric Taulés Guinovart y visado con el número 070403, de fecha 22 de junio de 2009, el cual ha servido de base para la tramitación del expediente, y de acuerdo con los reglamentaciones técnicas preceptivas.

Segundo.- La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten al que establecen el Reglamento de líneas aéreas de alta tensión; el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por el Real decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobadas por la Orden ministerial de 18 de octubre de 1984; la Ley 13/1987, de 9 de julio, de seguridad de las instalaciones industriales; el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas eléctricas aéreas de alta tensión, y el resto de disposiciones de aplicación general.

Tercero.- La empresa titular será responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

Se deberán cumplir las condiciones impuestas por los organismos oficiales.

Cuarto.- El plazo para la construcción y la puesta en servicio de las instalaciones autorizadas será dos años contados a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Quinto.- Los Servicios Territoriales en Girona podrán llevar a cabo, durante las obras y una vez finalizadas, las comprobaciones y las pruebas que consideren necesarias en cuanto al cumplimiento de las condiciones de esta Resolución. A tal fin, el peticionario comunicará a estos Servicios Territoriales, con la antelación suficiente, la fecha de comienzo de las obras y su programación, las fechas que se llevarán a cabo las pruebas y cualquier incidencia relevante.

Sexto.- La empresa enviará a los Servicios Territoriales en Girona el certificado final de obra, firmado por un técnico competente, que acredite que las instalaciones se ajustan al Proyecto aprobado y que se han cumplido las normas y los reglamentos de aplicación. A este certificado se adjuntarán los actos de las pruebas y los controles reglamentarios.

Séptimo.- La empresa asegurará el correcto mantenimiento y la vigilancia de las instalaciones durante su construcción y después de su puesta en funcionamiento, para garantizar que se cumplen las condiciones reglamentarias de seguridad.

Octavo.- La Administración podrá dejar sin efecto esta autorización en caso de incumplimiento de las condiciones indicadas, de facilitar datos inexactos o por cualquiera otra causa excepcional que lo justifique.

Noveno.- Esta autorización administrativa se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para llevar a cabo las obras y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el director general de Energía y Minas, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que sea procedente.

Girona, 30 de noviembre de 2009.- El Director de los Servicios Territoriales en Girona, Francesc Revert i Higón (09.315.009).

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