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Documento BOE-B-2010-13608

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la publicación oficial de extracto de la Resolución del procedimiento sancionador PS/00666/2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 93, de 17 de abril de 2010, páginas 42209 a 42209 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2010-13608

TEXTO

Tras haber resultado infructuoso por Desconocido el intento de práctica de notificación efectuada en el último domicilio conocido de Kalyjef, S.L., N.I.F. B85085629, procede acudir al medio de notificación previsto en el artículo 59.5 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), en el modo que prevé el artículo 61 de la citada Ley. En consecuencia, a continuación se transcribe, y para que sirva de notificación, extracto de la resolución acordada con fecha 8 de marzo de 2010 en el procedimiento sancionador nº PS/00666/2009.

El Director de la Agencia Española de Protección de Datos resuelve:

Primero: Archivar el procedimiento sancionador nº PS/00666/2009 instruido a la entidad Kalyjef, S.L. por la infracción del artículo 6.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Segundo: Notificar la presente resolución a la entidad Kalyjef, S.L. y al Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad de la Policía Municipal de Madrid.

De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 37 de la LOPD, en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, la presente Resolución se hará pública, una vez haya sido notificada a los interesados. La publicación se realizará conforme a lo previsto en la Instrucción 1/2004, de 22 de diciembre, de la Agencia Española de Protección de Datos sobre publicación de sus Resoluciones y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 116 del Real Decreto 1720/2007, de 21 diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la LOPD. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 48.2 de la LOPD), y de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la LRJPAC, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Director de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, o, directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 del referido texto legal.

Podrá pasar a recoger el texto íntegro de la Resolución en horario de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, en la sede de la Agencia, calle Jorge Juan, 6, 4ª planta, Servicio de Notificaciones, 28001 Madrid.

Madrid, 13 de abril de 2010.- El Director de la Agencia Española de Protección de Datos, don Artemi Rallo Lombarte.

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