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Documento BOE-B-2010-10148

ELCHE

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 24 de marzo de 2010, páginas 31613 a 31613 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2010-10148

TEXTO

El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Elche (Alicante) en el juicio ordinario 001321/2007, parte demandante María Julia Caravantes Hernaiz y parte demandada herederos de María Concepción Lacalle Alcoverro, ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

Fallo:

Que estimando la demanda interpuesta con el/la Procurador/a Castaño López, en nombre y representación de María Julia Caravantes Hernaiz, debo condenar y condeno a herencia yacente de María Concepción Lacalle Alcoverro a que eleven a público el contrato privado de compraventa suscrito el día 12 de junio de 1998 entre la actora María Concepción Lacalle Alcoverro, en caso de incumplimiento la actora podrá actuar al amparo del artículo 708 LEC, y todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifiquese a las partes esta sentencia, advirtiéndoles que no es firme, y contra la misma cabe recurso de apelación que deberá ser preparado en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución, a través de escrito presentado en este Juzgado en la forma prevista en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para su conocimiento y fallo por la Audiencia Provincial de Alicante.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 11 de febrero de 2010 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.

Elche (Alicante), 8 de febrero de 2010.- El/la Secretario Judicial.

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