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Documento BOE-B-2009-7379

ALICANTE.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 11 de marzo de 2009, páginas 29135 a 29135 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-7379

TEXTO

Dª. Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante,

Hago saber que en este Juzgado se tramitan los autos de Proc. Concursal Ordinario 6/09-A en los que se ha dictado, AUTO declarando en estado de Concurso Voluntario a L´ALJUB MOTOR S.L. con domicilio en la Avda. de Alicante nº 132 de Elche y CIF número B-53808317, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia al Tomo 2.700, Folio 5, Hoja A-79.156.

Administración Concursal:

-D. Francisco Gonzálvez Díez en su cualidad de Abogado, con domicilio en Elche Parque Industrial C/ Ramón y Cajal nº 37, 1º 03203 de Torrellano Elche (Alicante), teléfono nº 965681518 y fax 965685348

-D. Jaime Salvador García, en su cualidad de Censor Jurado, con domicilio en Paseo de la Estrella s/n Edificio Playamar Playa del Albir de Alfaz del Pí 03581 - Alicante teléfono nº 963106046 y fax 963106298

-Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona La Caixa, como acreedor.

Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la Entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Alicante, 13 de febrero de 2009.- La Secretaria Judicial.

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