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Documento BOE-B-2009-38237

LOGROÑO

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 10 de noviembre de 2009, páginas 138820 a 138821 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2009-38237

TEXTO

Edicto.

Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Logroño,

Juicio Procedimiento Ordinario 1680/2009.

Parte demandante Pedro Ruiz Oteiza, Daniela García Ruiz.

Parte demandada Calixto Sagasti Martínez, Encarnación Sagasti Martínez, Fernando Martínez Sagasti, Juan Carlos Lopez Gil, Angel Gil Albiz, Maria Inmaculada García Ruiz, Juan Jose García Gonzalo, Mercedes Gil Mayora, Cesareo San Miguel Gil, Jose María San Miguel Gil, Florencio Saenz Palacios, MaríaCarmen Ruiz Oteiza, Sebastián Ruiz Oteiza, Olga Palacios Lopez, María Luz del Campo Verano, Rosalía García Ruiz, Alejandro García Ruiz, Victor Lopez Sainz, María Divina Corpus Lopez Sainz, Antero Lopez Sainz, Segunda Gil Espinosa, Trinidad Gil Mayoral, Lucia Gil Espinosa, Jose Sebastián Gil Mayoral, Jesus Gil Mayoral, Casilda Gil Mayoral, María Divina García Ruiz, María Clara García Gonzalo causahabientes o comuneros desconocidos de cupo sindical de colonización Nº 24 de Arrúbal.

En el juicio referenciado se ha acordado entregar a la parte demandada la cédula cuyo texto literal es el siguiente:

Cédula de emplazamiento.

Tribunal que ordena emplazar:

Juzgado de Priemra Instancia nº 3 de Logroño.

Asunto en que se acuerda:

El arriba referenciado

Persona a la que se emplaza:

Restantes causahabientes o comuneros desconocidos del cupo sindical de colonización Nº 24 de Arrúbal, con domicilio en C/ Norte Nº. 10 de arrúbal.

Objeto del emplazamiento:

Comparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y del auto de admisión de aquélla.

Tribunal ante el que debe comparecer:

En la sede de este Juzgado.

Plazo para comparecer:

Veinte días hábiles computados desde el siguiente al de este emplazamiento.

Prevenciones Legales:

1.- Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil-LECn-).

2.- La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la LECn).

3.- Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la LECn).

En Logroño, a veintidós de septiembre de dos mil nueve

EL/LA Secretario Judicial

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se emplaza a restantes causahabientes o comuneros desconocidos del cupo sindical de colonización Nº 24 de Arrúbal.

Logroño, 20 de octubre de 2009.- Secretario Judicial.

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