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Documento BOE-B-2009-362

MADRID.

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 12 de enero de 2009, páginas 1754 a 1754 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-362

TEXTO

Doña M. C. Sanz, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid,

Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario 683/08, a instancia de la entidad Farosa 14, Sociedad Anónima, representada por el Procurador Don José Enrique Ríos Fernández, bajo la dirección del Letrado Don Jaime Serreno de los Santos, en el que recayó Auto de fecha 22 de diciembre de 2008, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: 

"Se declara en Concurso Voluntario a la entidad Farosa 14, Sociedad Anónima, con CIF número A-78910247, con domicilio en calle Jardines número 8, Madrid".

"Se designan administradores concursales al abogado Doña Begoña Lucas Arenales, con domicilio en la calle Serrano, 63, 1º, 28006 Madrid, al economista don Rubén García Quismondo Pereda, con domicilio en la calle Ortega y Gasset, 25, 2.º centro, 28006 Madrid, y al acreedor ordinario Adrilu, Sociedad Limitada, con domicilio en calle Cádiz, 28, Pinto (Madrid)".

"Los acreedores concursales deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde la última de las publicaciones que se efectúen en cumplimiento de esta resolución".

Asimismo, por el presente, se pone en conocimiento de los acreedores y demás legitimados que deseen comparecer en el procedimiento que deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, de conformidad con el artículo 184.3 de la Ley Concursal. Sin necesidad de aparecer en forma, podrán, en su caso, comunicar créditos y formular alegaciones, así como asistir e intervenir en la junta, todo ello sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral, incluidas las facultades atribuidas a los graduados sociales y a los sindicatos, y de las Administraciones Públicas en la normativa procesal específica. (Artículo 184.6 de la Ley Concursal).

Y para su inserción en un Diario de los de mayor circulación de la Provincia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal. 

Madrid, 22 de diciembre de 2008.- La Secretaria Judicial.

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