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Documento BOE-B-2009-15528

GIRONA.

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 12 de mayo de 2009, páginas 55457 a 55457 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-15528

TEXTO

Edicto

Don Carlos Peinado Domínguez, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso voluntario número 343/09, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la admisión a trámite del Concurso de la entidad mercantil Promocions Mosella 2003, S.L., con domicilio en calle Gertrudis i Moret i Frigola, 1-3, local 4, de Lloret de Mar, CIF número B-17.735.572, siendo designados como Administrador/es Concursal/es a don Josep Quera Vidal, don Josep Rebollo Melció y el acreedor Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona en relación a la póliza de crédito 9300.02.069417714.

Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de un mes, a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.

El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona a, 23 de abril de 2009.- El Magistrado-Juez.

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